jueves, 13 de marzo de 2008

Decreto del 31 de marzo de 1826

Declarando los términos en que deben ser considerados los cuerpos del Ejército retirados á sus casas á consecuencia de la Batalla de Carabobo. El Senado y Cámara de R. de la R. de Colombia reunidos en Congreso.

Considerando: 1º. Que varios batallones de infantería, regimientos y escuadrones de caballería, que desde el año de 1.815, sirvieron gloriosamente á la causa de la independencia y libertad, fueron retirados a sus casas desde el año de 1.821 y no se han disuelto, sino que existen y forman una parte muy considerable del ejército Libertador.

2º. Que cuando la Ley ha determinado las bases constitutivas del ejército de la milicia nacional, no ha podido hacerse cargo del caso particular en que se encuentran estos cuerpos, de que se honra la República, y que no sería lo justo dejar en duda los términos en que se deben ser considerados; decretan:

Art. 1º. Los batallones de Infantería, regimientos y escuadrones de caballería que desde el año 1815 y 1816 han servido gloriosamente a la causa de la independencia de la heroica isla de Margarita, y en las provincias de Cumaná, Guayana, Barcelona, Caracas, Apure, Barinas y Casanare, y que á consecuencia de la batalla de Carabobo fueron retirados a sus casas desde el año 1.821, conservarán los nombres y la misma organización que tenían cuando se les retiró y serán reputados permanentemente como del ejército Libertador.

Art. 2º. Sólo en caso de ser llamados á reforzar el ejército permanente estarán sujetos á las leyes militares y sufrirán los castigos impuestos por ellas, pero mientras usen de la licencia indeterminada que se les ha concedido, gozarán en toda plenitud de los beneficios que dispensan nuestras leyes á los colombianos, podrán ejercer cualquier empleo político municipal, estarán sujetos á la autoridad civil que en todos sus negocios y acciones, y no recibirán prest ni paga del Tesoro Público.

Art. 3º. En los casos del Artículo 126 de la Constitución, podrán ser llamados al servicio los cuerpos de que se trata el Art. 1º, fuera de estos casos no se les llamará al servicio sino cuando el Congreso lo decrete.

Art. 4º. Estando los dichos cuerpos al servicio serán asistidos del mismo modo que el ejército permanente.

Art. 5º. Todos los individuos pertenecientes a los cuerpos que menciona el Art. 1º. Están exceptuados del sorteo para reemplazar al ejército permanente, y del alistamiento de la milicia nacional.

Art. 6º. Como esta excepción se funda en que los exceptuados han servido en la guerra de la independencia y libertad desde el año 1815 hasta el 1821, dichos cuerpos no podrán recibir reemplazos en lo sucesivo no podrán retener ni conservar los que se les hubieren incorporados desde 1820 en adelante: pero si el poder Ejecutivo o el General del Ejército tuvieren por conveniente aumentarles la fuerza, este aumento sólo les pertenecerá durante las operaciones.

Art. 7º. Si los hombres mayores de treinta y cinco años que hubiere en estos cuerpos, quisieran permanecer en ellos lo podrán hacer; y si no pasarán a la milicia cívica.

Art. 8º. Todos los años tendrán estos cuerpos un mes de asamblea. En ellas pasarán revista de inspección y de comisario, se ejercitarán según su instituto, justificarán las bajas ocurridas; se formarán estados de la fuerza presente, y se les asistirá con el prest y paga correspondiente a cada clase: fuera de esta asamblea no se les llamará sino en los casos indicados en el artículo 3º.

Art. 9º. Esta asamblea nunca se verificará sin orden expresa del Poder Ejecutivo, quien podrá diferirla por dos o más años, según lo juzgue conveniente.

Art. 10º. Los cuerpos de infantería recibirán el armamento para la asamblea de los depósitos de la República. Los cuerpos de caballería se presentarán armados de lanzas y el individuo que no la tuviere llevará el asta.

Art. 11. Las propuestas para vacantes de jefes y oficiales que ocurrieren en estos cuerpos, se harán lo mismo que en el ejército permanente, y el Poder Ejecutivo librará los despachos correspondientes.

Art. 12º. Para ser propuesto y obtener la aprobación del Poder Ejecutivo, se requiere ser efectivo o agregado al cuerpo en que ha ocurrido la vacante y haber servido en la guerra de independencia y libertad por lo menos de 1816 ó 1821.

Art. 14º. Todos los oficiales desde el Primer Comandante inclusive hasta subteniente y alférez, que se encuentren en el mismo caso que los cuerpos que se expresan en el artículo 1º y con vecindario en los mismos lugares, pero que no tengan colocación en dichos cuerpos, la tendrán efectiva o se les agregará a los cuerpos que pertenezca a los cantones en que residieren debiendo reputárseles comprendidos en las resoluciones de la presente Ley, los que tuvieron su residencia en provincias o departamentos en que no hubiere cuerpos del ejército Libertador, usarán de Licencia indeterminada y quedará comprendido en lo dispuesto en la Ley que organiza la fuerza armada.

Art. 15º. Los jefes y oficiales efectivos o agregados a dichos cuerpos y lo mismo los individuos de tropa, podrán ausentarse libremente, bien sea temporal la ausencia o para mudar de domicilio.

Art. 16º. Si la ausencia fuese temporal bastará que el oficial subalterno y el individuo de tropa lo avise a su capitán o al que haga sus veces en la compañía, expresando el lugar a donde va, e informándole también del tiempo, de su regreso. Los capitanes y segundos comandantes darán iguales avisos al Comandante Primero y éste al Comandante de Armas de la Provincia.

Art. 17º. Si la ausencia fuere para mudar de domicilio, los individuos de tropa lo avisarán a su respectivo capitán, quien pasará la noticia al comandante, y con su orden dará de baja; pero los oficiales desde subteniente o alférez inclusive hasta comandante primero, o coronel en los regimientos, necesitan la licencia del Poder Ejecutivo, obtenida se les dará la baja en cuerpo, procediendo a llevarse su vacante con arreglo a los artículos 11 y 12.

UNICO. Lo dispuesto en este artículo no impedirá que mientras se despacha la solicitud de los oficiales al Poder Ejecutivo, puedan verificar su traslación al lugar que hubieren elegido para su nuevo domicilio.

Art. 18º. El Poder ejecutivo designará los cuerpos que estén en el caso de la presente Ley, y darán cuenta al Congreso para su conocimiento en sus próximas sesiones.

Dado en Bogotá a 29 de marzo de 1826. 16. El presidente del Senado, Estanislao Vergara. El Presidente de la Cámara de Representantes, Cayetano Arvelo. El Secretario del Senado, Luis Vargas Tejada.- El diputado Secretario de la Cámara de Representantes, Mariano Niño.

Palacio de Gobierno en Bogotá, marzo 3º de 1826. 16. Ejecútese- Francisco de Paula Santander.- Por SW. E. el vicepresidente de la República encargado del Poder Ejecutivo.- El secretario de Estado del despacho de la Guerra, Carlos Soublette.

Datos obtenidos de la revista Bolívar. Año 1930

*Edgar Eduardo Medina

Miembro de la Sociedad Bolivariana de Venezuela

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sábado, 1 de marzo de 2008

Flora Tristán

Así la describió la insigne escritora Angélica Palma, en un reportaje realizado en la ciudad de Madrid, 1930.

¿Rebelde? ¿Inadaptada? ¿Precursora? ¿En cuál de estas palabras podría sintetizarse la romancesca y original personalidad de Flora Tristán?

Cualquiera de esas expresiones responden a un rasgo típico de su carácter, a un aspecto de su apasionada actuación; la explican y motivan la historia de su vida, los años atormentados de su infancia y su primera juventud, tan decisivos en la formación de la individualidad.

Flora Tristán fue francesa de nacimiento, española de origen y reclamó siempre su nacionalidad peruana; su padre, D. Mariano Tristán, era muy estimado por Carlos IV, quien, a pesar de ello, o por ello, le negó autorización para contraer matrimonio con una francesa emigrada a causa de la revolución.

Casóse entonces en secreto D. Mariano Tristán y se marchó a París, donde en 1803, nación Flora, cuya situación no logró legalizar el padre, por no ser válida en España su unión, debido a la circunstancia ya dicha; ni en Francia, por haberse prescindido de la ceremonia civil del matrimonio.

Huérfana de padres desde los cuatro años y bajo la tutela de una madre incomprensiva, llegó flora a los albores de su juventud, linda, inteligente e inquieta, sufriendo los rigores de la pobreza y segura de librarse de ellos en cuanto pudiera lograr que reconocieran su condición de hija legítima de la familia de su padre, residente en la América lejana y misteriosa, en tierra del Perú.

Contaba la hermosa muchacha poco más de quince años cuando su madre la obligó a casarse con el grabador Andrés Chezal, enlace desgraciado que sólo duró hasta 1827 y que dejó sedimentos de amargura y rencor en el corazón de esa mujer soñadora y entusiasta, unida, en los albores de su juventud, a un marido que no supo apreciarla y al que nunca amó. Seis años vivió Flora en Francia separada de su esposo y en lucha contra él, que intentaba arrebatarle a sus hijos, cuyo sustento y educación le imponían enormes sacrificios. En medio de sus penurias y aflicciones, mientras angustiada se debatía entre la miseria y la hostilidad, la única luz que, lejana y consoladora, percibía la desvalida mujer, brillaba en el país de su progenitor, y hacía él emprendió viaje temerario y esperanzado, dejando a sus hijos en Francia; el niño, al lado de su padre, que al fin logró apoderarse de él y confiada a manos piadosas femeninas a su pequeña Alina, futura madre del famoso pintor Gauguin.


Fruto de este viaje aventurero fue el libro curiosísimo titulado Peregrinaciones de una Patria, en el cual la autora relata su larga travesía de cinco meses en el “mexicano”, buque de vela, a cuyo capitán inspira la linda viaje volcánica pasión; su llegada a Arequipa; la afectuosa acogida de los Tristán, que no obstante, rechazan categóricamente sus pretensiones y le niegan, en forma definitiva, la condición de hija legítima; su viaje a Lima, los triunfos que obtienen sus hermosura e ingenio, las mal encubiertas críticas que despierta en las severas sociedades de 1833 y 1834, su condición de casada y separada del marido… Y vemos también en las Peregrinaciones de una Patria que en esa mujer tan femenina, tan aficionada a recrearse detallando sus atractivos, achaque bastante corriente en escritoras, se esboza ya la luchadora futura, preocupada de algo más que sus graciosas coqueterías y sus íntimos dolores.

Con enciclopedismo de aficionada, opina sobre cuestiones militares y económicas, mezcla a sus charlas mundanas prolijas disertaciones acerca de la esclavitud y de la industria agrícola y preconiza la abundancia de escuelas, la difusión de la enseñanza como medio eficaz, para la regeneración del Perú. Dogmatiza en ocasiones, elogia a ratos, satiriza casi siempre y la sátira da a la obra su tono predominante y provoca la curiosidad recelosa de la sociedad peruana y la indignada actitud de las autoridades. Del fracaso de ese viaje ilusionado surgió la socialista militante; al regresar a Europa decepcionada, enferma y pobre, se entregó Flora a la vida agitada, intensa, de febril laboriosidad, que le vale destacado puesto en la Historia del Socialismo. Viajó por Francia y por Inglaterra, estudiando las necesidades del proletario y predicando su reivindicación dio conferencias públicas y su elocuencia arrebataba al pueblo, que la llevaba en triunfo; publicó libros, folletos, y periódicos de combate, como la Unión de los Obreros; pidió al congreso Francés el restablecimiento del divorcio y la abolición de la pena de muerte, y en cartas a su gran amigo Jorge Sand planeó la Revolución del 48, que Flora no llegó a ver, pues murió en Burdeos en 1844.

Desapareció con ella una precursora del feminismo, la primera mujer que fue apóstol y soldado del ideal socialista; sus doctrinas y su acción nacieron de sus amarguras, desheredada, de su efusión compasiva por los desgraciados, por los que eran como ella, victimas de la injusticia. Les ofrendó su inteligencia de iluminada, su sensibilidad de mujer, el cariño popular le es fiel aún, pues hasta ahora, en este siglo XX, tan contrario al romanticismo, los proletarios suelen llevar flores al monumento funerario que, por suscripción, se elevó a Flora Tristán en el cementerio de Chartreux. Allí reposa la sugestiva francesa, agitada de criollas rebeldías que, por influjo atávico, se reflejan en la pintura revolucionaria de su nieto Paul Gauguin. Madrid. 1930.

*Edgar Medina

Miembro de la Sociedad Bolivariana de Venezuela

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Un poema de César Vallejo

Hay golpes en la vida tan fuertes… ¡Y no sé!

Golpes como del odio de Dios; como si ante ellos

La resaca de todo lo sufrido

Se empezara en el alma… ¡yo no sé!

Son pocos pero son… Abrazan las oscuras

En el rostro antes fiero y en el lomo más fuerte

Serán tal vez, los potros de bárbaros atílas

o los heraldos negros que nos manda la muerte.

Son las caídas hondas de los cristos del alma,

de alguna fe adorable que el destino blasfema.

Esos golpes sangrientos son las crepitaciones

De algún pan que en la puerta del horno se nos quema.

Y el hombre… Pobre… ¡Pobre! Vuelve los ojos como

cuando por sobre el hombre nos llama una palmada

Vuelve los ojos locos, y todo lo vivido

se empoza, como un charco de culpa, en la mirada


Hay golpes en la vida tan fuertes… ¡Yo no sé!

*Edgar Eduardo Medina

Miembro de la Sociedad Bolivariana de Venezuela

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Una carta de Sandino

Con motivo de ciertas imputaciones que se hicieron al famoso líder de la libertad de Nicaragua, éste envió al secretario del partido comunista de México, la siguiente protesta.

Me es honroso dirigir a usted la presente con motivo de haber leído en recortes que nos han sido enviados de La Prensa y el New York Times, de Nueva Cork, ambos del 26 de diciembre próximo pasado así como de algunos diarios de Centro América, la noticia que, según los diarios en referencia, fue publicada por El Universal de esa capital federal, relativa a que nuestra salida de Las Segovias la originó la suma de 60.000 dólares, que como precio de dicha salida se nos había ofrecido.

Dice la noticia en cuestión que tanto ese partido, como “la Liga Antiimperialista de las Américas” y el “Comité Manos Fuera de Nicaragua” están llevando a cabo una investigación respecto a esa información, que desde luego hemos calificado de calumniosa, y que “un miembro prominente de estos tres grupos –expresan textualmente los recortes aludidos-, dijo a un reportero de El Universal, que en manos de los investigadores se encontraba la fotografía del cheque pagado a Sandino, pero como la investigación es su meta, se negaba a permitirle ver la copia del cheque”.

No obstante que no tenemos conocimiento de lo que el “Comité manos fuera de Nicaragua” haya resuelto en definitiva acerca del acuerdo que con los ciudadanos Federico Bách y Salvador de la Plaza, tomamos en Veracruz, a fin de que el Comité mencionado difundiera su actividad en la “Liga Antiimperialista de las Américas”, para evitar dispersión de energías, no creemos que la noticia que nos ocupa tenga procedencia de alguna de las tres organizaciones referidas y queremos creer que esa aseveración es más bien labor infame de los mismos agentes de la piratería yankee, siendo por tal razón, rogamos que se nos informe de lo que las tres instituciones están llevando adelante para exigir responsabilidades a quien haya dado la calumnia que, a manera de noticia, recogió el reportero de El Universal.

La forma en que se ha lanzado esa calumnia, nos está indicando que el autor desconoce en absoluto nuestra entereza de carácter y el criterio preciso que tenemos de la responsabilidad que pesa sobre nosotros, y que Sandino y los hombres que lo acompañan son enteros, de la clase obrera y campesina que nunca se arrastra para alcanzar prebendas a costa de la sangre de los mártires que han caída en la lucha por la libertad de los oprimidos.

La calumnia con que villanamente se pretende manchar nuestro honor de hombres libres es obra propia de los hombres impotentes, de esas piltrafas humanas, parásitos destructores de la humanidad, que no son apóstoles ni luchadores sino vividores y farsantes e incapaces de exponer sus vidas en aras de una causa noble y, mucho menos, de tener el valor moral suficiente de poner sus nombres al pié de sus afirmaciones.

Repetimos que no podemos admitir que sean indiferentes esas organizaciones al asunto que exponemos y, les rogamos su contestación inmediata por tener que salir en estos días para esa capital una comisión nuestra, que llevará instrucciones de abrir una investigación sobre el particular, e igualmente de llegar a un entendimiento claro con las organizaciones antiimperialistas en lo que respecta a la posición de nuestra lucha sostenedora de la Soberanía Nacional de nicaragua, la cual lucha, lo repetimos está en pié, y últimas medidas de orden estratégico que tendrán en esa República hermana por pocos días más.

Quedo, en nombre de nuestro Ejército y Libertad.

Mérida, Yucatán (México, 1930)

A.C.S.

*Edgar Eduardo Medina.

Miembro de la Sociedad Bolivariana de Venezuela

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